Sicultura

Política de Datos Abiertos del Gobierno

Para cumplir con su función, las instituciones públicas recopilan y producen grandes volúmenes de datos relacionados con variados temas. El hecho de que los ciudadanos puedan acceder a todos estos datos producidos desde las instituciones públicas en forma simple impacta positivamente en la sociedad y tiene entre otras, dos ventajas importantes:

  • Mejora la democracia debido a los mayores niveles de participación ciudadana en el quehacer gubernamental;

  • Influye positivamente en la economía, al permitir la reutilización y redistribución de los datos estimulando la innovación y el emprendimiento, para crear obras derivadas a partir de los datos abiertos.

La definición oficial de Datos Abiertos de Gobierno para Panamá se encuentra en el artículo 2 de la Resolución Nº DS-3513-2018 de 17 de enero de 2018 emitida por la Autoridad Nacional de Transparencia y Acceso a la Información (ANTAI), por la cual se desarrolla la Política Pública de Transparencia de Datos Abiertos de Gobierno, adoptada mediante Decreto Ejecutivo Nº511 de 24 de noviembre de 2017:

"Los Datos Abiertos de Gobierno son los datos recolectados y/o producidos por las instituciones públicas, puestos a disposición de los ciudadanos en formatos abiertos para que puedan ser reutilizados y redistribuidos por cualquier persona, para cualquier propósito, incluyendo el re-uso comercial, libre de costos y sin restricciones, con el fin de posibilitar la lectura, el seguimiento y combinación con otras fuentes de información para generar nuevos servicios de valor."

El formato abierto es un conjunto de características técnicas y de presentación que corresponden a la estructura lógica usada para almacenar datos en un archivo digital, cuyas especificaciones técnicas están disponibles públicamente, que no suponen una dificultad de acceso y que su aplicación y reproducción no estén condicionadas a contraprestación alguna.

Los datos abiertos de gobierno que pueden ser publicados con formatos abiertos son aquellos que se definen con el término "información de acceso libre" en la Ley Nº6 de 22 de enero de 2002, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública y establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones: "Todo tipo de información en manos de agentes del Estado o de cualquier institución pública que no tenga restricción".

Para obtener más información sobre datos abiertos, consultar este enlace https://www.antai.gob.pa/datos-abiertos-de-gobierno/

Legislación aplicable

  • Ley No. 6 de 22 de enero de 2022 "Que dicta normas para la trasparencia en la gestión pública, establece la acción de Hábeas Data y dicta otras disposiciones".

  • Ley No.33 de 25 de abril de 2013, "Que crea la Autoridad Nacional de trasparencia y Acceso a la información."

  • Decreto Ejecutivo No.511 de 24 de noviembre de 2017 "Que adopta la política pública de trasparencia de Datos Abiertos de Gobierno".

  • Resolución No.DS-3513-2018 de 17 de enero de 2018, "Por la cual se desarrolla la Política Pública de Trasparencia de Datos Abiertos de Gobierno, adoptada mediante Decreto Ejecutivo No.511 de 24 de noviembre de 2017".

  • Ley No.81 de 26 de marzo de 2019, "Sobre Protección de Datos Personales".

  • Decreto Ejecutivo No.285 de 28 de mayo de 2021, "Que reglamenta la Ley No.81 de 2019 sobre Protección de Datos Personales."